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Todos los requisitos para abrir una guardería particular en México [Guía 2026]

Abrir una guardería en México es una oportunidad de negocio con demanda creciente. Cada vez más madres y padres trabajadores necesitan un espacio seguro y profesional para el cuidado de sus hijos, y la oferta de guarderías particulares sigue siendo insuficiente en muchas ciudades del país.

Sin embargo, antes de recibir al primer niño, necesitas cumplir con una serie de requisitos legales, sanitarios y de seguridad que involucran a varias dependencias: la SEP, COFEPRIS, Protección Civil y la Secretaría de Salud. En esta guía te explicamos cada uno de ellos paso a paso para que puedas abrir tu guardería, kinder o estancia infantil sin contratiempos.

¿Qué tipo de centro infantil puedes abrir?

Antes de iniciar los trámites, es importante que definas el modelo de tu centro. En México existen diferentes modalidades y cada una tiene implicaciones regulatorias distintas:

  • Guardería particular: Centro de cuidado infantil privado que atiende a niños desde los 43 días de nacidos hasta los 5 años 11 meses. Requiere aviso de funcionamiento ante COFEPRIS y cumplimiento de la NOM-032-SSA3-2010.
  • Preescolar incorporado a la SEP: Además de los requisitos sanitarios y de protección civil, necesita la autorización oficial de la SEP (incorporación) para impartir educación preescolar con validez oficial.
  • Estancia infantil: Término utilizado en programas gubernamentales como los del DIF y la Secretaría de Bienestar. Tiene requisitos adicionales vinculados al programa específico.

La mayoría de las guarderías particulares en México operan como centros de cuidado infantil con aviso de funcionamiento. Si además deseas ofrecer educación preescolar con validez oficial, necesitarás la incorporación ante la SEP.

Requisitos legales y documentación base

Independientemente de la modalidad, todo centro de atención infantil privado debe contar con la siguiente documentación:

Para persona física

  • CURP (Clave Única de Registro de Población)
  • RFC (Registro Federal de Contribuyentes) con situación fiscal activa
  • Identificación oficial vigente (INE o pasaporte)
  • Comprobante de domicilio del establecimiento
  • Documento que acredite la ocupación legal del inmueble (escritura, contrato de arrendamiento o comodato con autorización expresa para operar como guardería)

Para persona moral

  • Acta constitutiva de la sociedad
  • Poder notarial del representante legal
  • RFC de la persona moral
  • Identificación oficial del representante legal
  • Comprobante de domicilio fiscal y del establecimiento

Permisos municipales

  • Licencia de uso de suelo: Expedida por la autoridad municipal o alcaldía correspondiente. Debe especificar que el inmueble puede destinarse a actividades de cuidado o educación infantil. No se aceptan constancias en trámite.
  • Licencia de funcionamiento municipal: Varía según el municipio. Generalmente requiere la licencia de uso de suelo previamente aprobada.

Requisitos de la SEP: incorporación y validez oficial

Si tu guardería ofrecerá servicios de educación preescolar con validez oficial, necesitas obtener la autorización de incorporación ante la Secretaría de Educación Pública o su equivalente estatal.

Documentación para la incorporación

  • Solicitud de incorporación dirigida a la autoridad educativa estatal
  • Planes y programas de estudio conforme al modelo educativo vigente de la SEP
  • Plantilla de personal docente con títulos y cédulas profesionales (licenciatura en educación preescolar o áreas afines)
  • Constancia de seguridad estructural del inmueble, emitida por un ingeniero civil o arquitecto con cédula profesional
  • Constancia de uso de suelo vigente
  • Constancia de cumplimiento en materia de protección civil
  • Comprobante de pago de derechos (aproximadamente $1,559 MXN, sujeto a actualización)
  • Croquis o planos del inmueble indicando distribución de espacios

Condiciones que debe cumplir el plantel

El Acuerdo 357 de la SEP establece las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas para planteles de educación preescolar. Entre las principales:

  • Aulas con ventilación e iluminación adecuada
  • Sanitarios diferenciados y adaptados para niños
  • Áreas de juego y esparcimiento
  • Espacio mínimo de 2 m² por alumno en aulas
  • Salidas de emergencia señalizadas
  • Botiquín de primeros auxilios

Tiempo de resolución

La autoridad educativa tiene 60 días hábiles a partir de la presentación de la solicitud completa para emitir la resolución. Si la documentación está incompleta, el plazo se suspende hasta que se subsane.

Nota: Si tu centro solo ofrece servicios de cuidado (sin programa educativo con validez oficial), no necesitas la incorporación ante la SEP, pero sí debes cumplir con todos los demás requisitos de esta guía.

Requisitos de COFEPRIS: aviso de funcionamiento y responsable sanitario

Toda guardería, kinder o estancia infantil debe presentar el Aviso de Funcionamiento ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), ya que se considera un establecimiento que presta servicios relacionados con la salud de menores.

¿Qué es el aviso de funcionamiento?

Es la notificación formal a la autoridad sanitaria sobre la existencia de tu establecimiento, las actividades que realizará y quién será el responsable sanitario. No es una autorización previa: puedes iniciar operaciones una vez presentado el aviso, pero debes mantener el cumplimiento permanente de las condiciones sanitarias.

¿Cómo se tramita?

  1. Ingresa a la plataforma DIGIPRiS de COFEPRIS: digipris.cofepris.gob.mx
  2. Crea una cuenta o ingresa con tu e.firma (firma electrónica avanzada)
  3. Completa el formulario de Aviso de Funcionamiento indicando el giro de guardería o estancia infantil
  4. Adjunta la documentación requerida en formato PDF
  5. Designa al responsable sanitario con su e.firma

Documentos necesarios

  • E.firma del propietario o representante legal
  • E.firma del responsable sanitario
  • Identificación oficial del propietario (PDF)
  • Comprobante de domicilio del establecimiento

Responsable sanitario

Tu guardería debe contar con un responsable sanitario, que es la persona encargada de vigilar el cumplimiento de las disposiciones sanitarias. Puede ser un profesional de la salud (médico o enfermero) o una persona capacitada en primeros auxilios y salud infantil.

El trámite es gratuito y puede realizarse completamente en línea. Para dudas puedes llamar al centro de atención de COFEPRIS: 800-033-5050.

Cumplimiento de la NOM-032-SSA3-2010

La Norma Oficial Mexicana NOM-032-SSA3-2010 regula la prestación de servicios de asistencia social para niños, niñas y adolescentes. Es de observancia obligatoria para todas las guarderías y estancias infantiles en México, sin importar si son públicas o privadas.

¿Qué establece esta norma?

Define los requisitos mínimos que debe cumplir cualquier establecimiento que brinde servicios de cuidado a menores desde los 0 hasta los 5 años 11 meses de edad.

Requisitos principales

Personal:

  • Personal de coordinación o dirección con experiencia en el área
  • Educadores o cuidadores capacitados en desarrollo infantil
  • Personal de atención médica para urgencias (propio o mediante convenio con un tercero)
  • Personal capacitado en protección civil y primeros auxilios

Alimentación:

  • Si la guardería proporciona alimentación, debe ser higiénica, adecuada, variada y balanceada
  • Menús supervisados conforme a las necesidades nutricionales de cada grupo de edad
  • Cocina o área de preparación de alimentos que cumpla con condiciones sanitarias

Instalaciones:

  • Espacios diferenciados para actividades, alimentación, descanso y aseo
  • Áreas ventiladas, con iluminación natural y temperatura adecuada
  • Mobiliario seguro y adaptado al tamaño de los niños
  • Protecciones en ventanas, escaleras, enchufes eléctricos y elementos de calefacción

Documentación por menor:

  • Expediente individual con datos de identificación, contacto de emergencia, historial médico y registro de vacunación
  • Registro diario de asistencia con hora de entrada y salida
  • Bitácora de actividades e incidencias

Atención a niños con discapacidad:

  • Los centros deben admitir a niños con discapacidad no dependiente conforme a su modelo de atención
  • Se debe informar a padres o tutores sobre los requisitos específicos de admisión

Requisitos de protección civil: NOM-009-SEGOB-2015

La NOM-009-SEGOB-2015 establece las medidas de previsión, prevención y mitigación de riesgos específicamente para centros de atención infantil. Es obligatoria para todo centro público, privado o mixto en territorio nacional.

Programa Interno de Protección Civil (PIPC)

Todo centro infantil debe elaborar y mantener actualizado un Programa Interno de Protección Civil que incluya:

  • Análisis de riesgos: Identificación de amenazas internas y externas (sismos, inundaciones, incendios, fugas de gas, etc.)
  • Plan de evacuación: Rutas señalizadas, puntos de reunión, procedimientos específicos para la evacuación de bebés y niños pequeños
  • Plan de contingencia: Protocolos de actuación ante cada tipo de emergencia
  • Directorio de emergencias: Números de bomberos, protección civil, hospitales cercanos y contactos de padres de familia

Simulacros

La norma exige la realización de simulacros periódicos con la participación de todo el personal y los menores. Deben documentarse con fecha, hora, tipo de emergencia simulada, tiempo de evacuación y observaciones.

Capacitación del personal

Todo el personal de la guardería — incluyendo docentes, personal de apoyo y mantenimiento — debe recibir capacitación en:

  • Protección civil
  • Primeros auxilios
  • Prevención y combate de incendios
  • Procedimientos de evacuación, búsqueda y rescate

Equipamiento obligatorio

  • Extintores con carga vigente y ubicados en lugares accesibles
  • Señalización de rutas de evacuación, salidas de emergencia y zonas de seguridad
  • Detectores de humo en áreas críticas
  • Botiquín de primeros auxilios equipado y accesible
  • Barandales de al menos 1.30 metros de altura en escaleras y áreas elevadas
  • Protecciones en ventanas a menos de 90 cm del piso

Constancia de cumplimiento

Una vez implementado el PIPC, debes solicitar a la autoridad de protección civil de tu municipio o alcaldía una constancia de cumplimiento. Este documento será necesario para la incorporación ante la SEP y para operar de manera legal.

Requisitos de infraestructura: el espacio físico

Más allá de las normas, tu guardería debe cumplir con condiciones mínimas de infraestructura que garanticen la seguridad y el bienestar de los niños:

RequisitoEspecificación
Espacio por niñoMínimo 2 m² por menor en áreas de actividades
SanitariosAdaptados al tamaño de los niños, diferenciados por sexo a partir de los 3 años
Área exteriorEspacio de juego al aire libre (deseable, no siempre obligatorio según el estado)
CocinaSeparada de las áreas de cuidado, con ventilación e higiene adecuada
Área de descansoColchonetas o cunas según la edad de los niños
AccesosSin barreras arquitectónicas, accesibles para personas con discapacidad
Instalaciones eléctricasEnchufes protegidos, instalaciones en buen estado y sin cables expuestos
Instalaciones hidráulicasAgua potable disponible, drenaje en buen estado

Importante: Los requisitos específicos de infraestructura pueden variar entre estados y municipios. Consulta siempre la normatividad local antes de acondicionar tu inmueble.

Checklist: resumen de trámites en orden

Para que no pierdas de vista ningún paso, aquí tienes el orden recomendado:

  1. Definir modelo de negocio — guardería de cuidado, preescolar con incorporación SEP, o ambos
  2. Seleccionar y acondicionar el inmueble conforme a los requisitos de infraestructura
  3. Obtener licencia de uso de suelo ante la autoridad municipal
  4. Obtener constancia de seguridad estructural emitida por ingeniero civil o arquitecto con cédula
  5. Elaborar el Programa Interno de Protección Civil conforme a la NOM-009-SEGOB-2015
  6. Obtener constancia de protección civil de la autoridad municipal
  7. Presentar Aviso de Funcionamiento ante COFEPRIS y designar responsable sanitario
  8. Contratar y capacitar al personal en desarrollo infantil, primeros auxilios y protección civil
  9. Solicitar incorporación ante la SEP (solo si ofrecerás educación preescolar con validez oficial)
  10. Obtener licencia de funcionamiento municipal

¿Cuánto cuesta abrir una guardería en México?

La inversión varía significativamente según el tamaño y la ubicación:

  • Guardería pequeña en domicilio particular: Desde $50,000 MXN en adaptaciones de seguridad, mobiliario básico y trámites.
  • Guardería mediana en local comercial: Entre $200,000 y $500,000 MXN incluyendo adecuación del inmueble, mobiliario especializado, equipamiento de seguridad y capital de trabajo para los primeros meses.
  • Guardería grande o preescolar con incorporación SEP: Puede superar $500,000 MXN considerando instalaciones completas, personal certificado y el cumplimiento total de normativas.

Más del 60% de las guarderías privadas en México cobran un promedio de $2,000 MXN mensuales por niño, lo que te permite estimar los ingresos potenciales según tu capacidad de atención.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Puedo abrir una guardería en mi casa en México?

Sí, es posible operar una guardería en un domicilio particular siempre que el inmueble cumpla con los requisitos de uso de suelo, seguridad estructural, protección civil y las condiciones sanitarias de la NOM-032-SSA3-2010. Debes obtener la licencia de uso de suelo correspondiente ante tu municipio y presentar el Aviso de Funcionamiento ante COFEPRIS. Ten en cuenta que las regulaciones específicas varían según el estado y el municipio, por lo que es indispensable consultar la normatividad local antes de iniciar.

¿Cuánto tiempo tarda obtener todos los permisos para abrir una guardería?

El tiempo total depende de la modalidad. Si solo requieres el Aviso de Funcionamiento ante COFEPRIS (guardería de cuidado sin validez oficial SEP), el trámite es inmediato tras la presentación en línea, pero los permisos municipales y la constancia de protección civil pueden tomar entre 2 y 8 semanas. Si además solicitas la incorporación ante la SEP, la autoridad educativa tiene 60 días hábiles para resolver. En total, considera un plazo de 3 a 5 meses desde que inicias los trámites hasta la apertura.

¿Necesito la incorporación de la SEP para abrir una guardería particular?

No necesariamente. La incorporación ante la SEP solo es obligatoria si deseas ofrecer educación preescolar con validez oficial de estudios. Si tu centro opera exclusivamente como guardería de cuidado infantil — sin emitir constancias o certificados académicos — no requieres la incorporación, pero sí debes cumplir con el Aviso de Funcionamiento de COFEPRIS, la NOM-032-SSA3-2010, los requisitos de protección civil y los permisos municipales.

¿Qué normas oficiales mexicanas debe cumplir una guardería?

Las dos normas principales son la NOM-032-SSA3-2010, que regula las condiciones de asistencia social, personal, alimentación, instalaciones y expedientes de los menores, y la NOM-009-SEGOB-2015, que establece las medidas de protección civil para centros de atención infantil, incluyendo el Programa Interno de Protección Civil, simulacros, capacitación del personal y equipamiento de seguridad. Ambas son de observancia obligatoria para guarderías públicas y privadas en todo el país.

Cómo gestionar tu guardería desde el día uno

Cumplir con todos los requisitos legales es solo el primer paso. Una vez que abras las puertas, enfrentarás el reto diario de gestionar asistencia, comunicación con los padres, cobro de colegiaturas, bitácoras, reportes y documentación de cada niño.

Muchas directoras de guarderías y kinders en México descubren que llevar todo esto en papel, hojas de cálculo o WhatsApp se vuelve insostenible conforme crece la matrícula.

LiveKid es la aplicación integral para la gestión de guarderías, kinders y estancias infantiles que te permite:

  • Registrar asistencia digitalmente con hora de entrada y salida de cada niño
  • Enviar reportes diarios y bitácoras a los padres desde la app con fotos y descripciones de actividades
  • Automatizar la cobranza de colegiaturas con recordatorios de pago y registro de pagos recibidos
  • Centralizar la comunicación con los padres mediante mensajes, avisos y circulares desde un solo lugar
  • Gestionar expedientes con datos de cada menor, contactos de emergencia y documentación
  • Generar reportes de asistencia, pagos y operación para tener el control total de tu centro

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Joanna Łuszczykiewicz
Marketing Specialist
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